Tramitamos tu pensión por cesantía o viudez bajo la Ley de 1973 con estrategia, orden y trato humano, para que obtengas la resolución que te corresponde sin vueltas de más.
Es la pensión de la Ley 73 para quienes dejaron de trabajar a partir de los 60 años y cumplen las semanas cotizadas requeridas. Revisamos tu caso para saber si calificas y con qué monto aproximado.
En general se requieren al menos 500 semanas cotizadas, además de cumplir la edad. Verificamos tus semanas reales y, si te faltan, te decimos qué opciones tienes.
Corresponde al cónyuge o concubino de una persona asegurada o pensionada que fallece. Te acompañamos en el trámite con el cuidado que el momento merece.
Son reportes del IMSS: el SINDO resume tus derechos y obligaciones, y el SISEC detalla tus semanas y salarios cotizados. Sirven para conocer tu situación real antes de tramitar.
Depende del tipo: una consulta o reimpresión puede ser en días, mientras que una resolución de pensión o de viudez puede tomar de semanas a varios meses. Te damos un estimado realista al revisar tu caso.
Por lo general identificación, CURP, número de seguro social y actas correspondientes; en viudez se suman actas de matrimonio y defunción. Te decimos la lista exacta desde el inicio.
Solicita tu trámite de pensión
Déjanos tus datos y te contactamos para revisar tu caso y decirte con claridad qué te corresponde.
Solicita tu trámite
Cuéntanos qué necesitas y te contactamos a la brevedad para revisar tu caso.
Tus datos se usan sólo para contactarte. Cero spam, cero venta de bases.